El profesor Eduardo Bianchi fue designado jurado internacional en un panel de la OMC
En el marco de la disputa por el aumento de los aranceles de Turquía a los aires acondicionados de Tailandia, la Organización Mundial del Comercio (OMC) –a través de su Órgano de Solución de Diferencias (OSD)- estableció un Grupo Especial, el cual formulará conclusiones para ayudar al OSD a realizar las recomendaciones o dictar las resoluciones necesarias para el caso.
En este sentido, eligió como presidente del Grupo a Harsha Singh - Executive Director, Brookings India-, quien estará acompañado por Jan Yves Natalie Remy -Deputy Director en SRC- y Eduardo Bianchi, docente titular de la asignatura Economía Aplicada en EAN. Esta selección representa un aspecto interesante, ya que existe un grupo acotado de expertos argentinos posibles de convocar para este tipo de tribunales.
La OMC es la organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Los pilares sobre los que descansa son los Acuerdos de la OMC, que han sido negociados y firmados por la mayoría de los países que participan en el comercio mundial y ratificados por sus respectivos Parlamentos. El objetivo es garantizar que los intercambios comerciales se realicen de la forma más fluida, previsible y libre posible (*).
Bianchi ya había sido convocado con anterioridad en una disputa entre Estados Unidos y Japón. Entre sus antecedentes se encuentra que mantuvo cargos como Secretario de Industria y Comercio de la Nación, Subsecretario de Comercio Internacional de la Provincia de Buenos Aires y Gerente General de la Comisión Nacional de Comercio Exterior, entre otros.
Su nombramiento en este caso está justificado por su vasta experiencia en acuerdos internacionales y también en los procedimientos de la OMC. Su función en el Grupo tendrá una duración de nueve meses aproximadamente, tiempo en el cual –junto a los otros miembros del Grupo Especial- realizarán un informe donde se analizarán los argumentos de ambas partes (Turquía-Tailandia). Finalmente, se emitirá un veredicto sobre la disputa a modo de resolución de un juicio, a partir del cual las partes se ven obligadas a cumplir lo establecido.
(*) Fuente: https://www.wto.org/spanish/thewto_s/thewto_s.htm